¿Letra muerta?
Juzgue usted... La propaganda electoral solo se permitirá, aun sin previa convocatoria, cuatro meses antes de la fecha establecida por la ley para la elección de Presidente y Vicepresidente de la República; dos meses antes, cuando se trate de Diputados, y un mes antes en el caso de los Concejos Municipales. Art. 81 Constitución Política de El Salvador. Más allá de determinar el origen de los fondos, las actividades a las que se dedican los "patrocinadores" y las promesas oscuras que les hacen, en caso de ganar las elecciones, sigo creyendo que en este país falta, entre otras cosas, ORDEN y RESPETO a la Ley. Además de decencia, claro, porque salir con el CINISMO que no se está "pidiendo el voto" en anuncios como los de UNIDAD, por ejemplo, raya en lo absurdo. Más seriedad, señores. O tocará pasar la escobar en los próximos años. Se ha escrito, Paz.