Libertad Sindical: Peguémosle DURO a la "Piñata".

Quiero evitar que usted, amable lector(a) se aburra con la lectura de esta entrada. Seré breve.
La televisión y la radio han transmitido, casi toda la semana, sus notas sobre los sucesos en el Organo Judicial.
Sí, y usted, cansado de lo mismo, probablemente se disponga a cerrar la ventana. ¡No!, antes, póngale "coco" a ésto:
Nuestra Constitución Política, en el artículo 47 dice, mas o menos así: "Los trabajadores de las instituciones oficiales autónomas, los funcionarios y empleados públicos y los empleados municipales, sin distinción de nacionalidad, sexo, raza, credo o ideas políticas y cualquiera que sea su actividad o la naturaleza del trabajo que realicen, tienen el derecho de asociarse libremente para la defensa de sus respectivos intereses, formando asociaciones profesionales o sindicatos".
Conclusión, los empleados del OJ tienen derecho, sí, a asociarse. En este caso, como Sindicato.
Por otra parte, el 48 dice: "Se reconoce el derecho de los patronos al paro y el de los trabajadores a la huelga, salvo en los servicios públicos esenciales determinados por la Ley. Para el ejercicio de estos derechos no será necesaria la calificación previa, después de haberse procurado la solución del conflicto que los genera mediante las etapas de solución pacífica establecidas por la Ley. Los efectos de la huelga o el paro se retrotaerán al momento en que éstos se inicien". La ley regulará estos derechos en cuanto a sus condiciones y ejercicio".
Queda claro, no es paro, es HUELGA. Ojo, medios de prensa, asesórense. Me queda la duda si la Administración de Justicia es un "servicio esencial determinado por la Ley". A mí me parece que sí. ¿Y a usted?
Desde el lunes, los distintos sindicatos han ejercitado el derecho. Me pregunto, ¿agotaron las "etapas de solución pacífica"?. Se habló de pláticas y peticiones a las máximas "autoridades" del órgano, pero, que tan cierto sea, ¡a saber!.
Veamos qué dice la Ley. El Código de Trabajo dispone en su artículo 527: "Huelga es la suspensión colectiva del trabajo, concertada por una pluralidad de trabajadores, con el propósito de obtener una finalidad determinada".
Ajá, el aumento salarial, ¿no?. Quieren más dulces de la "piñata", dicen.
Luego, el 529 detemina: "Si la huelga fuese decidida por la mayoría de los trabajadores de la empresa o establecimiento que estuviese afectado por el conflicto, tal decisión obligará a todo el personal. Cuando hubiese sido adoptado por menos de la mayoría absoluta, el sindicato y los trabajadores intervinientes en el conflicto estarán obligados a respetar la libertad de trabajo de quienes no se adhieran a la huelga. En todo caso, esta minoría deberá representar no menos de treinta por ciento de los trabajadores afectados por el conflicto".
¡Jue!, y en este caso, ¿habrá mayoría?. Por las imágenes de los medios, creería que no. Todavía existe el "pudor" en algunos empleados judiciales. Y si es así, ENTONCES, ¿dónde quedó el respeto, pues?. Ah, no, si vivo en El Salvador, acabo de recordarlo. #Triste.
Y prefiero dejarlo hasta acá, dije al inicio que no busco "dormir" al lector.
A la FGR le recuerdo lo que establece el 547 del Código de Trabajo. En otras palabras: ¡Actuen!, por favor.
A los distintos Sindicatos en huelga, les digo, mucho cuidado con lo que describe el 553 del mismo Código.
Y, aunque se lea "fuerte", si se declara ILEGAL esta huelga, habrán motivos suficientes para despedir, ¿no?.
Muchos sindicalistas, sobre todo los miembros de las Juntas Directivas, creen tener "fuero" y yo, sonrío, sarcásticamente, claro está. Lean un poco más de la Carta Magna, señores:
Art. 47, Inciso Sexto: " Los miembros de las directivas sindicales deberán ser salvadoreños por nacimiento y durante el período de su elección y mandato, y hasta después de transcurrido un año de haber cesado en sus funciones, no podrán ser despedidos, suspendidos disciplinariamente, trasladados o desmejorados en sus condiciones de trabajo, sino por justa causa calificada previamente por la autoridad competente".
¿Algo más?. Ojalá apliquen la Ley, como debe de ser, por una verdadera PRONTA y CUMPLIDA justicia.¡Basta ya, de huelguistas aprovechados!.
Lástima, no me quedó "chance" de hablar sobre la "piñata" en la CSJ. Pero, por favor, señores Magistrados, den el ejemplo, del bueno, por supuesto.

Se ha escrito,
Paz.

Comentarios

  1. Tienes toda la razón Rafael, bendiciones!!

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  2. ¡Bendiciones!, gracias por venir a comentar.

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